p. Roberto Fermín Bertossi
Ante las contradicciones propias de todo clientelismo, politización e irregularidades del Plan Cooperativo Argentina Trabaja, ya nos resulta preciso e ineludible revelar el alcance y los límites del mismo, todo ello según la Constitución y la ley.
Estas cooperativas autogestionadas se inscriben en la perspectiva de organizaciones voluntarias y neutrales de personas desocupadas e independientes para desarrollar preponderantemente obras de pequeña envergadura e interés comunitario (construcción y reparación de calles y veredas, refacción de plazas, etc.) mediante un aporte directo del esfuerzo propio y la ayuda mutua de cada asociado, con miras inclusivas ha alcanzar beneficios razonables para dignificar y recalificar sus vidas e influencia personal.
Cada empresa de servicios con esa especial naturaleza, autonomía y reciprocidades, está diseñada para que pueda ser autogestionada por sus propios asociados compartiendo excedentes e ingresos con justicia distributiva y en forma proporcional al aporte, jerarquía y tiempo de trabajo que cada uno de sus miembros efectúe para la mejor realización de cada obra contratada y/o concesionada por estados municipales, provinciales o nacional, según se trate y siempre en el marco del derecho y la justicia dado que: “dentro de la ley todo, fuera de la ley, nada”